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El comité de Gestión y Control
Funciones del Comité
  • Establecer los registros de marcas territoriales que puedan utilizar la M.C.T.E.
  • Controlar todo el procedimiento de inscripción.
  • Emitir los informes técnicos necesarios de control.
  • Hacer propuestas de aprobar o denegar la inscripción de marcas territoriales.
  • Velar por el cumplimiento del Reglamento General.
  • Establecer la carta gráfica de la M.C.T.E. y el control de su correcto uso.
  • Proponer a la Asamblea general de la entidad propietaria de la M.C.T.E. las modificaciones necesarias del Reglamento General, la carta gráfica y de este Reglamento.
  • Realizar promociones de la M.C.T.E.
  • Organizar actividades de formación para todos los responsables de las marcas territoriales.
  • Presentar anualmente la memoria de gestión, balance de cuentas y resultados, así como el presupuesto y plan de acción del año siguiente, dentro de  los siguientes doce meses.
  • Promover cuantas actividades considere oportunas para la M.C.T.E. dentro del Reglamento General, los estatutos de la entidad propietaria de la M.C.T.E., etc

 

Composición del Comité

Lo elige la Asamblea General de la entidad propietaria. Tiene un mandato de 3 años. Es un órgano técnico. Sus componentes no perciben retribución.

  • Presidente: el mismo de la entidad propietaria
  • Secretario: el mismo de la entidad propietaria
  • 1 representante de cada país + 1 por cada 3 Marcas Territoriales (máximo 3 por país).

Inscripción en los Registros de la Marca de Calidad Territorial Europea

 

  • Registro de Marcas Territoriales:
    • Empresas y entidades certificadas por la Marca Territorial.
    • Productos y servicios de cada empresa.
    • Bienes de interés público (pueblos, museos, eventos culturales, ...) de cada entidad certificada.
  • Solicitud, documentación y visitas al territorio solicitante.
  • Inscripción por tres años.

Utilización de la Marca de Calidad Territorial Europea

 

  • Modelo oficial de etiqueta aprobado por el Comité.
    Hoy  
  • Usada por el producto o servicio autorizado.
  • Carta Gráfica de uso.
  • Cada Marca Territorial comunicará al Comité cada año el listado completo de entidades certificadas, sus productos, servicios y bienes de interés público autorizados.
  • Cada Marca Territorial vela por el buen uso de convivencia de las Marcas.

Inspecciones

  • Cuantas se consideren oportunas sobre el terreno.
  • Al menos, una en cada periodo de renovación.
  • Se realizará por técnicos acreditados, personal independiente y formado para ello.
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